Gobierno de Argentina

Gobierno de Argentina
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Casa Rosada, sede del Poder Ejecutivo
Localización
País Bandera de Argentina Argentina
Información general
Jurisdicción Territorio argentino
Tipo Poder ejecutivo
Sede Casa Rosada (Ciudad de Buenos Aires)
Presidencia del Gobierno
Sistema República representativa federal
Organización
Presidente de la Nación Javier Milei
Vicepresidenta de la Nación Victoria Villarruel
Presidente provisional del Senado de la Nación Argentina Bartolomé Abdala
Presidente de la Cámara de Diputados Martín Menem
Presidente de la Corte Suprema de Justicia Horacio Rosatti
Composición presidente de la Nación Argentina y Gabinete de Ministros
Sitio web oficial

El Gobierno de Argentina es una democracia representativa, republicana y federal, regulado por la Constitución vigente. La Argentina se formó por la unión federativa de las provincias que surgieron después de la disolución del Virreinato del Río de la Plata, y por la incorporación de las que se fueron constituyendo a partir de los territorios nacionales establecidos a raíz de la conquista de amplios territorios indígenas. Desde el propio gobierno esta entidad gubernamental ejecutiva es comúnmente referida como Presidencia de la Nación.

Debido al carácter federal de su organización política, la Argentina posee dos estructuras paralelas de gobierno: por un lado la estructura nacional, con sus tres poderes; y por otro lado las 23 estructuras provinciales —que preexisten a la Nación— más la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tienen autonomía y son gobernadas por tres poderes en cada caso.[1]

Las autoridades del gobierno federal tienen su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que es actualmente la «Capital de la República» o «Capital de Nación», denominaciones utilizadas en la Constitución nacional y en la ley de federalización, pero llamada de manera habitual Capital Federal. La Capital Federal está regida por un sistema de autonomía y está subdividida en comunas, mientras que las provincias poseen subdivisiones («departamentos» o «partidos») y municipios (que pueden coincidir con el partido/departamento o no, dependiendo la provincia).

  1. «Gobiernos de provincia», Constitución Nacional, véase Artículo 121.

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